Una cuenta para que sus hijos empiecen a ahorrar
desde hoy.
¿Qué es la cuenta NARANJA Mini?
¿Qué es la cuenta NARANJA Mini?
La cuenta NARANJA Mini es una cuenta de ahorro para menores de 18 años que ofrece una alta rentabilidad todos los meses con total disponibilidad.
¿Qué comisiones o gastos tengo que pagar?
¿Qué comisiones o gastos tengo que pagar?
Ninguna. La cuenta NARANJA Mini no tiene gastos ni comisiones. No le cobramos ni por mantenimiento de la cuenta, ni por ninguna de las operaciones que realice, ni por ingresar cheques... por nada.
¿Cómo se puede disponer del dinero?
¿Cómo se puede disponer del dinero?
Disponer del dinero de la cuenta NARANJA Mini es muy sencillo y no tiene ningún gasto para usted. Tan solo tiene que indicarnos los datos de una cuenta en la que usted como representante legal sea titular (su cuenta asociada) y nosotros nos encargamos de transferir el dinero de la cuenta Mini del niño a su otra cuenta.
¿Cómo puedo ingresar dinero?
¿Cómo puedo ingresar dinero?
Es muy fácil y cómodo ingresar dinero en la cuenta NARANJA Mini de sus hijos. Puede elegir entre:
Ahorro Periódico: Ordenando una transferencia periódica desde su cuenta en otro banco o un traspaso periódico desde su cuenta NARANJA hacia la cuenta NARANJA Mini de su hijo.
Ahorro Puntual: Mediante transferencia desde otro banco, traspaso desde su cuenta NARANJA o mediante cheque cruzado a nombre del menor titular o de cualquiera de sus representantes.
¿Cómo consigo la documentación para el menor?
¿Cómo consigo la documentación para el menor?
Podrán solicitar el NIF de un menor sus representantes legales, en la oficina correspondiente de la Agencia Tributaria. Deberán presentar la siguiente documentación:
Fotocopia DNI/NIF padre/madre o representante del menor.
Fotocopia del Libro de Familia o fotocopia del documento judicial que acredite la representación del menor.
Modelo 030 que les entregará la Agencia Tributaria.
¿Cuál es la fiscalidad de las cuentas de menores?
¿Cuál es la fiscalidad de las cuentas de menores?
La fiscalidad de las cuentas menores:
Tendrá la consideración de contribuyente del IRPF los titulares menores de las cuentas.
A los intereses percibidos se les aplicará la retención a cuenta del IRPF según la legislación vigente.
Los contribuyentes que incluyan al titular menor de la cuenta en su declaración-liquidación a los efectos del mínimo por descendiente, deberán tener en cuenta que no procederá dicho mínimo en el supuesto en el que el menor presente la declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800€.
En las declaraciones conjuntas, se tendrán que integrar las rentas obtenidas por el menor en la medida en que forme parte de la unidad familiar.